viernes, 31 de diciembre de 2010

Proyecto de Acuerdo para establecer gratificación a postulantes en práctica profesional

El 20 de diciembre pasado ingresó a la Cámara de Diputados un Proyecto de Acuerdo que solicita la modificación del Decreto Nº265 del año 1985, del Ministerio de Justicia que establece el Reglamento de Práctica Profesional del Postulante al Título de Abogado.

En éste se acuerda, oficiar y solicitar a S. E. el Presidente de la República, Sebastián Piñera, instruya al Ministerio de Justicia para que el referido decreto, con el fin de establecer una gratificacióna los practicantes por el servicio público prestado, la cual permita costear gastos de movilización y alimentación.

El Proyecto de Acuerdo tiene el Nº256 y sus autores son los H. Diputados Srs.Meza, Marcos Espinoza, Carmona, Jarpa, Robles, Farías, Saffirio.


miércoles, 29 de diciembre de 2010

La Confianza Legítima y la Obligatoriedad del Precedente administrativo

"La Administración, al emitir un pronunciamiento en determinado sentido, se encuentra ligada por dicho acto para el futuro; apartarse de esa interpretación de la ley implicaría ir contra sus propios actos, dañar la seguridad jurídica y, en definitiva discriminar".

"La Constitución Política prohíbe la "discriminación arbitraria", es decir, sin fundamento racional o causa legítima que la justifique".




domingo, 19 de diciembre de 2010

CORTE DE SANTIAGO RESPALDA ORDEN QUE OBLIGA A LA UNIVERSIDAD DE CHILE ENTREGAR INFORMACIÓN


La Corte de Apelaciones de Santiago respaldó una decisión del Consejo para la Transparencia que ordenó a la Universidad de Chile la entrega de información pública, solicitada en el marco de la Ley 20.285.

En fallo unánime (en causa rol 1802-2010), los ministros de la Quinta Sala del tribunal de alzada Mauricio Silva, Jessica González y el abogado integrante Jaime Guerrero, validaron la decisión que ordenó entregar datos a Francisco Zambrano Meza.

El estudiante de derecho solicitó a la casa de estudios copia íntegra y fiel de las Actas de la Comisión Ad Hoc de Claustro de la Facultad de Derecho; y copia íntegra y fiel de la nómina del personal que desempeña sus funciones en la facultad, incluyendo la remuneración, beneficios, función, cargo, grado y el inicio de sus funciones. Solicitud que fue negada por el plantel, amparándose en la reserva de la información y la autonomía universitaria.

El Consejo de la Transparencia ordenó entregar la información, lo que fue respaldado por la Corte de Apelaciones.
“(La Universidad de Chile) no puede dejar de considerarse un servicio público, ya que comparte sus características de estar encargados de satisfacer necesidades colectivas de manera regular y continua, aunque esta función la cumpla descentralizadamente, pues es indiferente que se ejecute por un órgano centralizado o descentralizado”, dice el fallo.

Y agrega: “En cuanto a la autonomía universitaria de la reclamante, los Estatutos de la Universidad de Chile señalan que corresponde a ésta en virtud de su autonomía, la potestad para determinar la forma y condiciones en que deben cumplirse sus funciones de docencia, de investigación, de creación o de extensión, así como la aprobación de los planes de estudios que imparta, como también está facultada para organizar su funcionamiento y administración del modo que mejor convenga a sus intereses, y le corresponde determinar la forma en que distribuye su presupuesto para satisfacer los fines que le son propios, conforme a la planificación de su acción y desarrollo. (Artículo 7°).

Por su parte, la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza N ° 18.692, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fija el Decreto con Fuerza de Ley 1 de 24 de noviembre de 2005, en su artículo 79 dispone que se entiende por autonomía el derecho de cada establecimiento de educación superior a regirse por sí mismo, de conformidad a lo establecido en sus estatutos en todo lo concerniente al cumplimiento de sus finalidades y comprende la autonomía académica, económica y administrativa. A su vez, señala que la autonomía académica incluye la potestad de estas entidades para decidir por sí mismas las formas como se cumplen sus funciones de docencia, investigación y extensión y la fijación de sus planes y programas de estudio; la autonomía económica permite a esos establecimientos disponer de sus recursos para satisfacer los fines que le son propios de acuerdo a sus estatutos y las leyes; y la autonomía administrativa faculta a éstos para organizar su funcionamiento de la manera que estime más adecuada, también de conformidad a sus estatutos y las leyes”.

En este aspecto, además, ahonda al apuntar que: “Entonces, en los aspectos señalados la reclamante goza de plena autonomía, lo que importa que tiene potestad para auto determinarse en estos planos, sin sujeción a otra voluntad que no sea la del órgano o servicio mismo, teniendo en cuenta sus funciones y fines. Empero, ello no pugna con la circunstancia de que los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen, sean públicos por disposición de la Constitución y salvo que una ley de quórum calificado establezca la reserva o secreto de estos actos y resoluciones, cuando la publicidad afecte a los valores que la Carta salvaguarda. Y tampoco pugna con la Ley de Transparencia. Desde luego, porque será la propia universidad la que seguirá regulando la forma de cumplir sus funciones, siendo la verificación del actuar con transparencia en el ejercicio de la función pública, un acto posterior, de control y únicamente en lo que hace a los objetivos de la Ley 20.285”.

Por lo que concluye que, “en consecuencia, se estima que la Ley de Transparencia es aplicable a la Universidad de Chile y que ello no afecta la autonomía que le reconocen las leyes”.

http://www.poderjudicial.cl/modulos/Home/Noticias/PRE_noticias.php?cod=2813&opc_menu=0&opc_menu=&opc_item=

domingo, 12 de diciembre de 2010

Declaraciones del Presidente de la Corte Suprema

PRESIDENTE JUICA: “ES IMPROPIO QUE UN ESTADO TENGA UN SISTEMA CARCELARIO COMO ESTE”

El presidente de la Corte Suprema, ministro Milton Juica Arancibia, se reunió esta mañana con la fiscal judicial de la Corte Suprema, Mónica Maldonado, para conocer los últimos antecedentes referidos al incendio ocurrido la madrugada del miércoles 8 de diciembre, en el Centro de Detención Preventiva de San Miguel, y que costó la vida de 81 internos.

Tras la reunión, el titular del máximo tribunal compartió la preocupación manifestada por la fiscal Mónica Maldonado, en orden a que se hace impostergable implementar soluciones definitivas al hacinamiento y entregar las condiciones que permitan la reinserción de quienes cometen delitos.

“Es impropio que un Estado tenga un sistema carcelario como este. Es una cosa pública y notoria que los sistemas carcelarios en Chile están colapsados y, por lo tanto, hay que hacer todos los esfuerzos posibles a nivel político y a nivel de gobierno para mejorar ese estándar. El estándar de Chile es un estándar deficitario y eso nadie lo puede poner en duda”, sostuvo el presidente Juica.

El alto magistrado agregó que “nadie puede ignorar todo el esfuerzo que ha hecho la Fiscal de la Corte Suprema, quien desde hace mucho tiempo que se constituye y ha reclamado de la situación carcelaria, eso es de conocimiento público. Desde el punto de vista del Poder Judicial hemos hecho lo que debíamos hacer y puesto en conocimiento de quien corresponde la situación carcelaria (…) Siempre hemos dicho que los recursos no son suficientes, que hay sobrepoblación, que los reclusos están hacinados y que todos los problemas que se pueden producir se deben a las deficiencias penitenciarias”.

Al ser consultado, por la posibilidad de que un hecho como el ocurrido la cárcel de San Miguel vuelva a presentarse en otro penal, indicó: “si estamos en una situación en que hay una sobrepoblación aproximada de entre 70% a 90% y en algunas partes del 100% de la población, indudablemente no hay control. Además, hay un déficit de funcionarios penitenciarios evidente. Esos factores no son los adecuados para neutralizar cualquier tipo de conflicto como el que lamentablemente ocurrió. Es impensable que un recinto penitenciario quede a cargo de 5 gendarmes cuando hay cerca de 2 mil personas, (porque) en una situación de conflicto no sé qué pueden hacer”.

Por último, advirtió sobre el creciente número de personas privadas de libertad, que empinan a Chile como uno de los países con mayores índices por cada 100 mil habitantes de toda América. “No puede ser que este país con una gran grado de desarrollo económico presente ese tipo de antinomia que nos ponen en el concierto internacional como un país que tiene más presos que otros de menor desarrollo económico (…) Hay otras medidas alternativas que no funcionan. No funcionan adecuadamente los mecanismos de solución alternativa de conflictos, las libertades condicionales, porque también hay que decirlo, hay un mensaje muy fuerte de que no es bueno que las personas salgan en libertad. El mensaje político del momento es que lo mejor es que todas las personas estuvieran presas y no en libertad… Estas son las consecuencias que se provocan”, concluyó.